Bienvenidos a la guía de trámites del Municipio de Quilmes

Conocé los pasos, dónde realizarlos y los requisitos para tus trámites municipales.

BÚSQUEDA

Permiso de Publicidad y Propaganda

¿Dónde se realiza?

Subdirección de Tasas Comerciales.

Matheu N° 67


¿Cúando se puede realizar?

De lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hs.


Turno

si


Costo

Al iniciarse el expediente por Mesa de Entradas deberá abonarse un Derecho de Oficina de $360,00 hasta 3 fojas, y $64,00 por cada foja siguiente.


Última modificación

2023-01-11

- Informacion importante

Es el trámite de solicitud de autorización o empadronamiento de la publicidad y/o propaganda efectuada en la vía pública o perceptible desde la misma o en lugares con concurrencia de público.

Documentación necesaria

  • Nota con carácter de declaración jurada solicitando el permiso en la que se especifique la localización del letrero o anuncio, el tiempo presunto de duración, croquis con tipo y medidas del cartel, volante, afiche, stand, carpas, sombrillas, figuras y/o muñecos inflables u objeto asimilable instalado en la vía pública, y demás elementos respecto de los medios de difusión contemplados en el Título V del Código Tributario vigente, fecha de instalación y cuenta corriente municipal asociada.
  • Original y fotocopia del documento de identidad (DNI, LC, LE); o del que acredite la representación voluntaria, legal o judicial.
  • En caso de tratarse de persona jurídica: Instrumento constitutivo o estatuto social y acta de designación de autoridades vigente.

  • Pasos a realizar

    Paso 1

    Presentándose el titular del anuncio, que realiza publicidad y/o propaganda en forma directa, así como aquellas terceras personas en carácter de anunciantes, empresas de publicidad, concesionarias de espacios en la vía pública y/o titulares de inmuebles de dominio privado que arrienden espacios de dichos bienes, medianeras y/o azoteas; destinados a la difusión de mensajes publicitarios encomendados por un anunciante.

    Paso 2

    Para el otorgamiento del permiso el contribuyente no deberá registrar deudas tributarias municipales.